En un contrato comercial cuando finaliza el plazo estipulado, avisándole previamente con un mes de antelación el arrendador que quiere dar por vencido el contrato. Si el arrendatario no se quiere marchar, como se puede recuperar dicho local?
Si a pesar de haber finalizado el plazo, el arrendatario no se marcha, habría que interponer demanda de desahucio por expiración del plazo. Mientras tanto, deberá seguir percibiendo las rentas, pues entiendo que no está ante una situación de impago.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
Perdón: es cierto lo que dice Motta&L, es que he tenido un pequeño lapsus, y he respondido que procede desahucio por falta de pago, cuando en realidad es por expiración del plazo.
De todas formas, en la práctica las diferencias entre uno y otro procedimiento son imperceptibles.
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