Con independencia del coto sea o no de L a V o de L a D, si se trata de un cambio de jornada estaríamos hablando de una modif Sust de las condiciones laborales (art 41 ET), mire el ET para ver las opciones que tiene, eso que dice el superior jerárquico de que no se puede negar nadie, primero, al tratarse de una decisión unilateral por parte de la empresa, esto requiere de un procedimiento a desarrollar, que dado lo enterado de estos superiores jerárquicos, se lo suelen saltar y claro si se impugna ante el juez, este suele dar marcha atrás a dicha modificación sustancial.
smo
Buenas tardes, en mi empresa trabajamos a turnos rotativos de mañana, tarde y noche, de lunes a viernes.
Por motivos de productividad han puesto un 4 turno en algunas máquinas en las que no llegan a los pedidos.
Este 4 turno es trabajar 6/7 días seguidos y descansar 2/3 días, sea fin de semana o no, también a turnos rotativos.
La duda viene en que algunos compañeros tienen el contrato de 40 horas semanales de lunes a domingo y otros de lunes a viernes.
¿Estos últimos podrían negarse a trabajar el fin de semana?
¿Que opciones tienen?
El jefe dice que según un articulo, no se puede negar nadie a trabajar en ese turno.
Un saludo