En septiembre hará 3 años que me contrataron con un contrato laboral por obra y servicio en una empresa pública que depende de un ayuntamiento.
Quisiera saber si tengo derecho a que me hagan fija o si hay alguna "trampa" legal que puedan aplicar para continuar con el contrato de forma temporal.
Luego, qué diferencia hay entre estar fija o no, qué derechos adicionales obtendría si me hacen fija? Porque tengo entendido que aunque me rescindieran el contrato tengo los mismos derechos a la hora de cobrar un finiquito, el paro etc. aunque no sé si son las mismas cantidades. Si no hay ninguna diferencia substancial, igual no me interesa ponerme a malas con ellos para conseguir ser fija.
Ten en cuenta que el contrato de obra solo tiene una indemnizacion de 8 dias por año trabajado mientras que tu cobrarias 45 si estuvieses fija a la hora de despedirte.
Y al hacer 3 años que trabajo allí, tengo derecho a que me hagan fija?
Cuanto tiempo puede una administración alargar un contrato temporal?
Gracias de nuevo.