Hola, yo tenia un contrato de interinidad con un periodo de prueba de 2 meses, por sustitucion sin una fecha concreta de fin del contrato y de repente me encuentro mirando la vida laboral que justo cuando se cumplen los 2 meses me dan de baja y al dia siguiente de alta otra vez como contrato de duración determinada por obra ¿deberian haberme dado un finiquito? ¿tendrian que firmar este nuevo contrato? si es asi como puedo demandarlos. Gracias
Efectivamente tienes que cobrar un finiquito y firmar un contrato nuevo cada vez. Si es cierto lo que dices los tienes cogidos por las pelotas porque, si han copiado tu firma han cometido un delito de falsificación de documento público, aparte de todo lo habitual de contrato en fraude de ley y tal.
Quiensera/Pepinete, ¿de donde sacas que han copiado su firma?
Habla de vida laboral, no de contratos en papel.
Tal vez la empresa ha presentado un nuevo TA2 a la Tesorería de la S.S. en papel y suplantando su firma, no lo sé, pero no es eso lo que afirma Teresa.
Actualmente casi todo se hace por el Sitema Red (internet), sin papel ni firmas
Tómate las cosas con más calma, hombre, o pide que te expliquen más, porque montandote películas eres único.
¿Que de dónde lo saco? Pues del mensaje. Dice que ha firmado UN contrato de INTERINIDAD y que posteriormente hay OTROS contratos POR OBRA que ella no ha firmado, porque de hecho pregunta si tendría que hacerlo.
A ver si tu pides que te expliquen a entender las consultas de los trabajadores, que aconsejando lo que le conviene a la empresa ni siquiera eres único.
Como supongo sabes, la situación del trabajador en relación con la Seguridad Social no condiciona en nada su relación contractual. Lo único cierto es que ingresó en la empresa con un contrato de interinidad y sigue prestando servicios, y que la empresa, mediando una baja y un alta, ha cotizado todos los días. Por tanto entiendo que su relación laboral de hecho es indefinida y siempre que le mantengan la antigüedad y le paguen no debe reclamar ni el finiquito ni firmar un nuevo contrato. Es decir calladito y a trabajar. Si lo despiden ya hablaremos. Las notificaciones que ha hecho la empresa a la Seguridad Social y al INEM a efectos de su situación contractual no le perjudican para nada.
Totalmente de acuerdo, Fael
Pepinete, Teresa dice que ha mirado "la vida laboral", y que ha observado altas, bajas, modificaciones..., pro todo lo limita a la vida laboral, esto es, en base a los comunicados que ha hecho la empresa a la S.S. (y posiblemente por internet, esto es, sin papel), no habla para nada de contratos que ha visto sin firmar (y si los ha visto, no lo dice).
Por cierto, yo no aconsejo en base a lo que interese a la empresa o al trabajador. Intento dar información o mi opinión de forma objetiva, sea quien sea el consultante, y no se si consigo esa objetividad, pero te aseguro que al menso lo intento, cosa que está claro tú no haces. Y respecto a que ni siquiera soy único aconsejando lo que le interesa a la empresa (admas que no pretendo tal condición), no quiero volver con viejos argumentos y ejkemplos en los que no sales precisamente muy bien parado, pero en los que queda claro que he asesorado con mucha mayor solvencia y de forma más favorable a sus intereses que tú a diversos trabajadores, o sea que mejor que corramos un tupido velo al respecto (vaya, que si fuera por ti y sin ir más lejos, más de uno ya hubiera renunciado a vacaciones a las que tenía derecho.