Acudo a vosotros a fin de resolver una cuestión que se me ha presentado con respecto a un bar municipal.
El tema es que el contrato es de dos años con posibilidad de prorrogarlo en su termino en periodos de dos años. A la hora de pedir la garantía (fianza) me piden un % sobre los dos años de contrato mas otros dos de prorroga, alegando que esto está así estipulado en la normativa de contratación del sector público...
¿Es esto cierto? Por que el anterior arrendatario solo pago fianza por los dos años de contrato que es lo que parece mas lógico.
Si alguien fuese tan amable de aclararme este tema, estaría muy agradecida
Lo que dice la norma es un 5% del precio del contrato. Entendiendo siempre que el precio alcanza la vigencia del mismo, no hipotéticas prórrogas, modificaciones o revisión de precios.. Un límite mayor vulnera la norma y restringe la competencia al imponer cargas no previstas en la ley.