Gracias por su respuesta.
¿Qué mas datos puedo facilitarle para qué de una opinión mas precisa?
He leído sentencias anteriores a Enero del 2015 donde, por la realización del 25% de la jornada de forma consecutiva (12 meses), durante el primer año del contrato, este era considerado en fraude de ley y por ese motivo no tenía lugar el contrato relevo por ese motivo al relevista se le consideraba o convertía con un contrato fijo-indefinido.
Buenas a todos,
En unas semanas finaliza mi contrato de relevo y no se si tengo la posibilidad de denunciar para convertir mi contrato en fijo.
La cuestión es la sentencia de Enero del año pasado de TSJ en el que permite al relevado juntar todos los días laborales y hacerles seguidos para no volver al trabajo antes del día de jubilación.
No se si me afecta, si no estoy equivocado, ya que mi contrato, se inició en Diciembre del 2011 y en esos años y hasta la sentencia en cuestión eso hacía que el contrato estuviese en fraude de Ley.
Gracias de antemano por vuestras respuestas.