Hola. Me gustaría si me pudieseis aconsejar sobre el siguente contrato de alquiler. Se firmó en julio 2005 por cinco años, pero en cuanto a la duración del contrato se dice lo siguiente:
"Manifiestan las partes contratantes que conocen la disposición especial emanada del Art. 9º del Real Decreto-Ley de 30 de abril de 1985 pero no obstante, en cuanto a la duración del presente contrato, acuerdan voluntariamente someterse al régimen de prórroga forzosa para el arrendador y potestativa para el inquilino, subrogaciones y causas de excepción a aquella que en cada momento establezca la Legislación Especial de Arrendamientos Urbanos, y sin que ello altere la aplicabilidad, en sus propios términos, de la clausula 13 que antecede sobre revisión de la renta".
¿Por qué LAU se rige? ¿Significa que en teoría el contrato es indefinido? Si es así, ¿pueden subrogarse el marido y los hijos del arrendatario en caso de fallecimiento de éste?