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contrato privado

1 Comentarios
 
21/07/2015 22:52
Si no me equivoco las agrupaciones de interés urbanístico tienen su razón de ser en el sistema de ejecución por cooperación que es público.

Los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria y colaboran en la ejecución de las obras de urbanización pero, en todo caso, es la administración quien las ejecuta con cargo a los propietarios.

Como es obvio, corresponde a la administración ejecutora de las obras encargar y aprobar la redacción del proyecto de urbanización.

No obstante, la ley urbanística de la CCAA debe regular el régimen jurídico de las agrupaciones de interés urbanístico.
Contrato privado
21/07/2015 21:36
Si tengo firmado un contrato privado sin notario,donde un pla mayoría de los integrantes de la agrupación de interés urbanísticos de la urbanización me cede 900 metros a cambio de q yo costee los gastos de esa urbanización . ¿tienen derechos ellos a elegir arquitecto,aparejador etc etc?
Es decir yo pago las obras y no pueda decir a quien contrato etc etc.