adquirir una porción de una finca indvisible es adquirir un porcentaje de un indiviso
puede hacerse en escritura pública, al menos la adquisición del 33% de esa finca de 3.000, y puede acordarse que los derechos de uso exclusivo son sobre una subparcela determinada de 1.000, lo que no cambia que los deberes y derechos de propiedad son sobre el conjunto de la finca y en un 33%
no es el modo deseable de cobrar una deuda, aunque pudiera ser aceptable si esa deuda no está debidamente acreditada o si se entiende que es una contraprestación suficiente para zanjar el asunto
Muy buenas, un compañero posee un terreno rústico de 3.000 metros del cuál querría cederme 1.000 metros para pagar una deuda. Al no cumplir con la unidad mínima de cultivo creo que la única opción sería hacerlo mediante contrato privado.
Ahora bien me gustaría aclarar la siguiente cuestión:
1.- ¿si en algún supuesto esta persona faltara sus herederos me podrían reclamar el terreno? Entiendo que sí ya que el contrato privado solo tendría validez entre las partes firmantes, pero me gustaría confirmarlo. Y si existiera alguna forma de evitar este problema.
2.- Por otra parte él querría saber si en caso de cometerse alguna irregularidad en el terreno sería yo el responsable o la autoridad competente lo responsabilizaría a él.