Un contrato privado tiene la misma fuerza que uno ante notario, con la salvedad de que la escritura pública hace prueba suficiente ante terceros y no hace falta probar lo que dice ni quien lo dice, al margen de que la ley dice que determinados negocios juridicos deberán necesariamente instrumentarse en escritura pública para acceder al Registro de la Propiedad.
Lo mejor es que consulten con un abogado. No es tan cara una visita y puede solucionarles muchas cosas.
Hola.
Yo y mi ex tenemos dos pisos a nombre de los dos y quisieramos quedarnos uno para cada uno pero ahora no tenemos dinero para ir al notario. ¿tiene suficiente "fuerza" hacer un contrato privado? ¿cómo podríamos solucionarlo de momento? ¿por ejemplo un contrato de obligación de acudir al notario en el plazo de un año?
Muchísimas gracias.