Estimados señores:
El pasado día 25 presenté mi carta de baja voluntaria en la empresa donde actualmente realizo mis servicios aunque, supuestamente, no tengo por qué preavisar dado que mi contrato es por sustitución de interinidad por maternidad y cuya fecha de inicio es a día 11 de noviembre a pesar de que llevaba trabajando en la empresa desde el día 26. Quisiera, si es posible, que me confirmaran este dato; de que o bien por mi período de prueba, que ya consulté anteriormente y me dijeron que era de 1 mes o bien por el tipo de contrato, no tengo obligación de preavisar, por lo tanto no deberían de quitarme ni un euro por este motivo de mi finiquito. Gracias.
Según convenio. Según la categoría que me han puesto y según estuve leyendo serían 15 días de período de prueba (recepcionista). Si me hicieron contrato a día 11 y doy carta de renuncia un día 26 entraría dentro de los 15 días; pero me surge otra duda; si yo quiero cesar en la empresa a día 1 de diciembre porque quiero darles unos días para que busquen a otra persona pero la carta la dí a día 26, ¿entraría igualmente en el período de prueba o ya como mi fecha de fin contrato es a día 1 ya no?
Entiendo que para saber si tiene obligación de preavisar, debe tener en cuenta la duración del contrato (mayor o inferior al año) y su convenio de aplicación.
Si su contrato es inferior a un año y el convenio no recogiese nada, no tiene obligación de preavisar.
Si su contrato es superior, o si siendo inferior se establece algo al respecto por convenio, deberá tenerlo en cuenta a efectos de preaviso.
Le recomiendo revise su contrato por si se estableciera algo al respecto.
Lo primero, muchas gracias por su respuesta. A día de hoy aún no he firmado contrato así que lo poco mucho que puedo decirle es que todo es según convenio. En principio y según me dijeron es de duración inferior al año puesto que después de la incorporación de la trabajadora en enero por maternidad me harían un indefinido.
Un saludo.
Muchísimas gracias por la respuesta; según el convenio o lo que entendí sólo hace referencia a la categoría que serían 15 días de preaviso; en cuanto al tipo de contrato no hace ninguna referencia al contrato por internidad. Un saludo.
"mi contrato es por sustitución de interinidad por maternidad" Esto es lo que nos dijo en el planteamiento inicial de la `pregunta y ahora resulta que dice que su cto no dice nada de interinidad.
En cuanto al preaviso, no se puede obligar a un trabajador a cumplir mas condiciones que a la empresa, me explico, el cto de interinidad o sustitución, la empresa no sabe a ciencia cierta cuando finaliza y por tanto cuando recibe el comunicado del trabajador a sustituir de que o bien se reincorpora o bien deja la empresa, (por el motivo que sea, baja voluntaria, jubilación, etc), el ctto de interinidad finaliza por tanto no pueden comunicarle con esos 15 días de antelación la finalización del mismo, pues usted a la reciproca esta igual, no tiene porque preavisasr.
SMO
hola mi pregunta si yo tengo un contrato temporal interinidad por una cedencia de un fijo descontinuo en que situacion me encuentro mientras este cubriendo el puesto ya que es de cinco años y asta marzo del 2018 no se incorporaria gracias
No entiendo que quiere decir con que en qué situación se encuentra? A qué situación se refiere? Usted tiene un cto de sustitución por tanto mientras el trabajador no se reincorpore o llegado el plazo renuncie al puesto usted mantiene el cto se ese trabajador y luego si se diese el cado de que el trabajafor no se reinvorporase su cto habrá llegado a su fin y entonces la empresa o bien finaliza cto con usted o bien le hace otro cto distinto para seguí en la e.presa pero sepa que no tiene obligación alguna de hacerlo.
SMO
Buenas si mientras este con ese contrato tengo los mismos derechos como a mi vacacines y dias libres siempre me loan respetao asta que a llegado una jefa nueva y me dice que no tengo derechos alas vacaciones y los libres no los tendre fijos que mi contrsto es eventual mi contrato es del 8/2/2016 asta 31/12/2016 y me loan alargado para darme las vacaciones porque las tenia ya pactadas pero me las quieren quitar y hacerme firmar un contrato de sustitución de vacaciones de las fijas discontinuas gracias
Pero en que quedamos ¿tiene usted un cto de sustitución por un trabajador por maternidad o uno eventual por circunstancias de la producción que tiene fecha de inicio y final?
No obstante y tenga usted el cto que sea usted tiene que estar incluida en un cuadrante de trabajo en el que sepa los días que le corresponde trabajar y librar, el mismo debe ser correlativo y no haber cambios bruscos, en cuanto a las vacaciones a primeros de año deben fijarse los periodos de disfrute y de forma acordada entre empresa y trabajador y el trabajador debe conocer el periodo de disfrute de las mismas con dos meses de antelación, eso que dice esa jefa es lo que les enseñan a decir a estos jefecillos pero el trabajador tiene dchos.
Por cierto si el cto es eventual por circunstancias de la producción si tiene que preavisar aunque su duración sea inferior al año de duración porque el preaviso se refiere a que usted si firma un cto con fecha de inicio y final y es inferior al año de duración no tiene que comunicar a la empresa que no desea continuar en caso de una renovación pero si se va antes del vencimiento del mismo si debe notificar a la empresa esa marcha.
Buenas mi contrato es por intetinidad de una cedencia de una fija discontinua por eso me quedo a cuadrados cuando me dicen que soy eventual siempre mean dicho que mientras este cubriemdon ese puesto que rigia como fija descontinua pero ahora cambian gracias