El contrato de obra o servicio es un contrato de duración determinada, es decir, que en algún momento debe llegar a su fin. Te recuerdo que el objeto del contrato es la realización de una obra o servicio con sustantividad propia y claramente diferenciada de la actividad de la empresa.
Hoy en día no tiene sentido la transformación del mismo en indefinido, pues ya no existe la bonificación en las cuotas de la Seguridad Social.
Luego lo lógico sería que una vez se haya cumplido la causa de la contratación, finalizara el contrato de obra.
A partir de aquí, ¿puede suceder que la empresa quiera incorporar al mismo trabajador de forma indefinida? Claro que sí, si hay necesidad de cobertura de un puesto fijo (y se dan las circunstancias). Pero sería un tanto extraño si fuera para desempeñar las mismas tareas que realizaba con el contrato de obra.
En cuanto a lo que comenta victor23, decirte que en el caso de sucesivos contratos TEMPORALES con una misma empresa y en el caso de que medie una interrupción entre ellos inferior a 20 días hábiles, se acumula la antigüedad desde el primer contrato. Admite prueba en contrario por parte de la empresa (sentencia del Tribunal Supremo).
En cualquier momento puede la empresa convertirlo en indefinido, no se pierde la antigúedad si no ten dan de baja en la empresa por un lapso temporal superior a 20 días.TS.
El 08/02/2007 me hicieron un contrato por obra o servicio sin fecha fin, mi pregunta es la siguiente.. este contrato podría pasar a ser indefinido? si es así cuando? se pierde antigüedad en la empresa si cambian a indefinido?Gracias.