Quería hacer una consulta.
Tengo un contrato por circunstancias de la producción que se inicio el 2 de junio del 2009 y se finalizó el 30 de noviembre del 2009. Al día de hoy sigo prestando servicios en la empresa en la cual me han contratado, pero no he firmado la prorroga ni nada por el estilo. Simplemente cuando cumplio seguí llendo al trabajo como otro día cualquiera hasta el día de hoy, ya que el jefe me dijo eso, que siguiera haciendo el trabajo.
Mi pregunta es si se ha prorrogado y por cuanto tiempo o si me he convertido en indefinido.
Estoy contratado en una empresa de consultoria como titulado medio.
Que es lo que debo hacer...? por que la cosa pinta que prentende despedirnos.
Eso sería así en el caso de simulación y/u ocultación del contrato de trabajo.
En este caso, si no lo he entendido mal, contrato existe pero está sin firmar.
Hola mlag0053 , lo que yo entiendo es que firmo un contrato de 6 meses , el cual solo admite una prorroga , y el/la consultante dice que no ha firmado ninguna prorroga y sigue trabajando desde ultimos de noviembre , .......sigo pensando lo mismo el contrato acabo en noviembre y sigue trabajando = indefinido
saludos
Yo no soy jurista, pero bueno, sólo decirte que si se acredita la "naturaleza temporal de la prestación" del trabajo que realizas una vez alcanzado la duración máxima del contrato por circunstancias de la producción, no se entenderá prorrogado por tiempo indefinido. Lo que no se, es por cuánto tiempo se entiende prorrogado, imagino que por la duración de la nueva circunstancia que justifica que no se convierta en indefinido. Espero alguien pueda aclararlo mejor.
También cabe la posibilidad que el convenio colectivo haya ampliado la duración máxima de estos contratos, con lo que, si firmaste por 6 meses, y sigues trabajando, se prorrogaría hasta la duración máxima acordad en convenio.
Sería solamente sanción administrativa(sanción económica como falta leve)ya que se encuentra dado de alta en la seguridad social y en contrato está presentado en contrat@.
Ésto he entendido.
A lo mejor estoy equivocado y lo he entendido mal....
CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN
Los contratos que tengan establecida legal o convencionalmente una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior a la misma se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúe prestando servicios.
A lo mejor ya se ha hecho la tranformación a indefinido, puesto que el convenio colectivo pertinente no especifique una duración superior a 6 meses para contratos eventuales.
por eso he dicho al principio que lo mejor es solicitar a la empresa la documentación pertinente y así salir de dudas y más tarde realizar los movimientos necesarios
Sin saber lo que dice el convenio en cuanto a la duración máxima de ese tipo de contrato, no podemos aventurarnos a decir que por no haber firmado una prórroga deba de ser indefinido.
Puede estar perfectamente prorrogado sin tener que hacer el documento de prórroga hasta la duración máxima del contrato que hipoteticamente pueda marca el convenio.
Nada hombre...Para lapsus el mio, que casi se me olvida que hoy 15 era el último día para domiciliar los 110 y me he dado cuenta a mitad de mañana. jajajajajaajajajaja