Hola Xamares. Al ser su contrato de fecha ANTERIOR al 9-5-1985 está sujeto, como bien ha dicho usted, a la próroga forzosa del art 57 LAU 1964.Por lo tanto, para pòder responder a su consulta, sería necesario saber si el arrendatario es persona física o jurídica, si es autónomo o no, si está casado y tiene hijos, si ha habido o no subrogaciones, si ha habido o no traspasos...
Por todo lo anterior le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía con experiencia en materia arrendaticia.
Tenemos local comercial aquilado desde 16-abril-1984, por plazo idefinido. Realmente cuando podremos dar por finiquitado el arrendamiento y tener el local liberado.