Buenas noches. Tengo un Contrato para obra o servicio determinado desde Mayo de 2014. Según mi Convenio (Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de
mercado y de la opinión pública), la duración máxima para este tipo de contrato es de 3 años AMPLIABLES a 1 año más. Mi consulta es la siguiente: ¿Cómo se procede a dicha ampliación?, ¿se entiende ampliado automáticamente una vez cumplidos los 3 años, o tienen que habérmelo comunicado a mí? (porque a mí no me han comunicado nada al respecto). Además estuve en excedencia voluntaria durante 6 meses en 2015 y no sé si está situación interrumpió el cómputo de los 3 años máximos de duración del contrato (aunque sé que el período en que el trabajador permanece en situación de excedencia sí computa a efectos de antigüedad, en este caso en concreto me asalta la duda).
Es muy probable que me despidan en breve, ya que hoy termina el proyecto para el cual me contrataron y todavía no me han comunicado nada de nada, por eso me urge saber en qué situación me encuentro (si mi contrato se ha convertido en indefinido).
Aprovecho este tema para consultar si me pueden obligar a coger las vacaciones antes de despedirme. Este año todavía no las había pedido y hoy me han preguntado por ellas. Obviamente, si van a despedirme yo prefiero que me las paguen.
Muchas gracias por su atención y su inestimable ayuda.