Creo que no hay problema si verdaderamente está fundada la contratación temporal anterior y la nueva contratación como indefinida desde la situación de desempleo aunque sólo sea de unos días.
Cuando hay una exclusión de las bonificaciones es cuando no hayan pasado 3 meses desde una relación anterior indefinida.
Hola, y gracias anticipadas por ayudarme en mis comienzos como asesora laboral. Mi planteamiento es el siguiente:
A un trabajador se le acaba el contrato próximamente. Tiene 50 años. Cabría la posibilidad de darle de baja por finalización de contrato y posteriormente darle de alta con un contrato indefinido bonificado para mayores de 45 años? Cuantos días debe haber de diferencia desde la baja hasta el nuevo contrato? Se podría considerar fraude de ley? Si es así no pretendemos eso, solamente saber si es posible legalmente.
Gracias.