Vamos a ver, de acuerdo que la obra no ha concluido, pero si el ayuntamiento finaliza su cto mercantil con la empresa que esta realizando las reformas, la obra para su empresa a finalizado, por tanto para los trabajadores que contrato para realizar la misma tb concluye, salvo que la obra continúe con otra empresa con lo que entonces a lo mejor y atendiendo al convenio a aplicar igual tienen derecho de subrogación y por tanto ustedes deberían continuar con la empresa que realice la obra en la actualidad, (si así fuera deberán de demandar a las tres empresas entrante saliente y ayuntamiento), ahora bien si la obra se queda sin finalizar pues porque el ayuntamiento en estos momentos no tenga fondos, pues nada es lo que hay.
SMO.
El ayuntamiento de mi localidad ha celebrado una contrata mercantil con una empresa dedicada a la reparación de parques infantiles, y a la vez, esta empresa celebra contratos temporales de obra y servicio con varios trabajadores...
Cuando la contrata mercantil finaliza, esta empresa decide extinguir los contratos temporales por expiración del término de la mayoría de los trabajadores...y eso QUEDANDO PENDIENTES DE REPARAR varios parques realizadas por dos de esos trabajadores...
¿pueden por lo tanto extinguirse los contratos de la mayoria de los trabajadores si NO SE HA FINALIZADO LA OBRA O SERVICIO de la reparación de esos parques? entonces podemos hablar de despidos injustificados y por lo tanto improcedentes???
¿en que puedo fundamentarlo? artículos? sentencias?