Hola, tengo un local comercial alquilado 2 años y vence el contrato este mes, mediante burofax le he notificado al arrendatario que se lo prorrogo durante un año más, modificando 3 cláusulas ( el seguro del local, unas obras y que debe renovar el aval bancario por caducidad del anterior y presentarmelo a la firma del nuevo contrato) y la subida de acuerdo con el ipc actual, a fecha de finalización del contrato no ha respondido con nada y el local esta en funcionamiento, mis preguntas son: ¿ debo realizar un contrato nuevo debido a esta serie de modificaciones o al ser prórroga es valido el anterior?, si me ingresa la renta una vez vencido el contrato ¿es una aceptacion por mi parte del contrato anterior vencido o deberia bloquear la cuenta hasta que no firme uno nuevo o manifieste su conformidad a las cosas que le he solicitado (aval bancario)?, ¿debo mandarle un nuevo burofax solicitandole que, una vez que no se ha pronunciado sobre la aceptación de la prórroga abandobe el local?, gracias.
Habría que leer con detalle su contrato y el texto del requerimiento para afinar la contestación, y le recomiendo que lo lleve todo a un abogado, pero algo le puedo avanzar:
Su arrendatario no ha aceptado expresamente sus condiciones, así que -si su requerimiento está bien hecho- usted le ha comunicado su deseo de extinguir el contrato.
Si el arrendatario sigue en el uso y disfrute del local y le acepta usted el pago de la renta, va a poder defender -ya no es cuestión de si lo hará con mayor o menor fortuna- que se ha producido una tácita reconducción.
Para evitarlo, antes de que se cumplan quince días desde la fecha de extinción, mándele un nuevo burofax ratificando la extinción del contrato y exigiendo el abandono del local y la entrega de las llaves.
Una vez entregado ese burofax ya puede usted negociar un nuevo contrato con el inquilino, pero tampoco deje que le maree mucho: marque un plazo para el acuerdo.
Gracias por su respuestas, yo lo unico que hice fue mandarle el burofax comunicandole mi intención de renovación mediante burofax,que por cierto lo envíe con dos meses de anticipación como mínimo tal y como marca el contrato, y desde entonces nada de nada, creo que deberia mandarle otro comunicandole que dado que no se ha pronuciado al respecto doy por finalizada la negación y le conminó a que abandone el local y entregue la llave, que por cierto el contrato contiene una cláusula penal constitutiva por la que, desde la finalización del contrato hasta la entrega de llaves o supongo que tambien podria ser a la firma del nuevo contrato siempre que pase de la fecha estipulada, una cantidad diaria de modo compensatorio, si tampoco hace caso a este siguiente burofax, le mandaria otro en plan requerimiento y con plazo marcado, ¿ estoy en lo correcto?Gracias.
Su planteamiento es el correcto, pero no hace falta que mande dos burofax consecutivos, en el primero que envíe hágale saber que la entrega de llave que requiere es inmediata.
Hola de nuevo, han surgido novedades sobre mi anterior comentario y quiero exponerlas para ver si me pueden orientar de nuevo, gracias de antemano: Como comente y tras enviarle el primer burofax comunicándole que le renovaba el alquiler con la actualización de IPC y que debía presentarme un nuevo aval y no recibir respuesta a esto, le hice un requerimiento a los 9 días de finalizar el contrato diciéndole que como no había recibido confirmacion con nada le solicitaba que me diera las llaves y finalizara la actividad que se realiza dentro en el plazo de 10 dias. Cuando es mi sorpresa que, fuera de plazo y cuando el alquiler ya ha finalizado, me manda un requerimiento previo diciéndome que rescinde el contrato y que solicita la división del proindiviso ( el local tiene los metros mínimos exigidos por ley para ese tipo de zona y no se puede dividir en dos), pero, y aquí viene lo mejor, me dice que no va a cerrar el negocio porque es su medio de vida y que como coopropietario que es tiene ese derecho y como no causa ningún perjuicio económico a ninguna de las partes (en este caso yo) ya que en la actualidad no hay ninguna oferta económica de venta ni de alquiler (en el contrato de arredamiento esta estipulado que si alguien esta interesado en la compra o el alquiler y es viable se aceptará por ambas partes), esta comunicación me ha llegado de su abogado, que no se yo como lo estará asesorando porque para mi esto no tiene ni pies ni cabeza, y en el contrato recien finalizado hay una clausula penal constitutoria que dice que, una vez finalizado el contrato por cada dia que pase sin dar las llaves y cerrar el local tendra que darme X dinero, pero vamos se ve que no la recuerdan, en fin y para terminar, que por lo que yo he leído solo tengo derecho sobre mi propiedad para pagar los impuestos y el seguro de continente, a entrar, hacer y deshacer a mi antojo tampoco y el a lucrase y hacer uso de su parte y de la mia, ¿que opinan de esto? gracias de nuevo.