Buenas tardes, me encuentro en la situación en la que debo redactar una demanda internacional como consecuencia de un incumplimiento de un contrato de compraventa. Mi cliente, comprador, quiere que se proceda a un cumplimiento forzoso por parte del vendedor. El problema es que no encuentro fundamento legal en la Convención de Viena pues en la mayoría de artículos se hace mención expresa a la resolución del contrato.