HOLA!
Tengo o tenia, una oferta interesante de una empresa holandesa. Es para trabajar desde España, porque es un Holding y han comprado una empresa española.
En principio la empresa holandesa me iba a hacer contrato de trabajo para el proximo lunes , pero me han llamado para decirme que es imposible porque segun la ley holandesa no puede ser porque yo no resido en Holanda los 180 dias necesarios. Tampoco pueden hacerme el contrato desde la empresa española porque estan haciendo ERE. Podeis informarme de si esta condicion de la ley holandesa es asi, y si existe algo parecido en España? Es que al ser comunitarios.. no tiene mucho sentido, no? Gracias
Si la empresa española no es una sucursal de la empresa holandesa, esta puede contratarle directamente con régimen español sin tener que abrir un establecimiento en España.
Si lo desea puede contactarme para ver su caso mas concretamente.