Un contrato de interinidad realizado para sustituir a un trabajador de baja médica, una vez cumplido el periodo de prueba, si se quiere finalizar antes de la incorporación del trabajador sustituido ¿Es despido?. Gracias.
No, el de baja sigue de baja mediaca y se va a alargar bastante, una vez finalizado el periodo de prueba de la persona que lo sustituye y viendo que existen problemas con los clientes y este empleado, habian decidido que no continuase, pero claro, la empresa me habla de finalización de contrato y el contrato no ha finalizado, lo que hay según me parece a mi es un despido (y de difícil imputación como causa culpable del trabajador, ya que no hay reclamaciones por escrito, solo comentarios de malestar de los clientes en un sector en el que los clientes tratan muy directamente con los empleados).
Extinguir el contrato de trabajo, en este caso el contrato de duración determinada, un contrato de interinidad, antes de su fecha de efecto de vencimiento, implica la tramitación de la extinción del contrato de trabajo mediante un despido disciplinario, en virtud del Régimen jurídico del artículo 54 y 55 (TRLET) en el supuesto de que las causas alegadas se ajusten a derecho y, no solo eso, sino que además se puedan probar fehacientemente. He aquí la verdadera dificultad y tras lo alegado, " viendo que existen problemas con los clientes", entiendo que existen adversidades serias.
Quizá lo más sencillo sea, en acto de conciliación, reconocer la improcedencia, más cuando entiendo que la antigüedad de la que dispone el trabajador es irrisoria.
Por otro lado, corroboren si se pueden alegar causas objetivas. Son conjeturas por mi parte, que quede constancia de ello. Estúdienlo bien para evitar defectos de forma.