Hola,
Tengo un conocido, de hecho es mi profesor de capoeira, y me ha comentado una duda, y confío en que me podais ayudar.
me dice que lleva aquí un año y medio y que entré con permiso de turista de tres meses y que no lo renovó, por lo tanto ahora está ilegal, ahora si le hicieran un contrato de trabajo, qué problema podría haber?
se lo tendrían que hacer como si estuviera en brasil? cómo sería ésto? se tendría que ir y volver con el contrato?
gracias.
cualquier ayuda será muy bien recibida.
hola ana (abogada) un placer saludarte llevo tres años aqui y estoy con la intencion de legalizar mi situacion por la via del arraigo pero como trabajo por cuenta propia ( pintor ) me cuesta conseguirlo, pero tengo una propuesta de una empresa con la condicion de q yo aporte la seguridad social por ambos tanto lo q a el le correspondiera dar por mi y lo q yo deberia abonar por mi cuenta, lo que no tengo claro es q si una vez q t den el permiso de trabajo existe un limite de tiempo minimo de 6 meses o una vez obtenido podria cambiar de empresa sin importar el tiempo por q de ser asi me vendria genial pues no estaria apartarto por ambos a la seguridad social q creo en 6 mese deberia pagar mas de 3500 euros. y por otro lado creo q el ayuntamiento podria recomendar los tramites de legalizacin sin el contrato. ¿es verdad aquello ? y en q caso se podria dar conmigo?. saludos
Para tramitar el arraigo sin contrato de trabajo debes demostrar que tienes ingresos económicos suficientes para vivir en España sin necesidad de trabajar. Respecto lo que comentas del contrato de tu amigo, la autorización por arraigo da derecho a trabajar por cuenta ajena y no por cuenta propia (autónomo), así que piensalo bien.
Hola a todos,
Ana, te importaría explicarme a qué os referís con eso del arraigo. Tengo a mi novio que es chileno y quiere trabajar con contrato y no sabe como solucionar su problema.
Lleva un año trabajando de electricista.
Un saludo.
Brisa, el arraigo es un procedimiento por el cual puedes optar por una autorización. Para ésto es necesario llevar al menos 3 años en España, así que tu pareja de momento no podrá acogerse a él.