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Contrato indefinido

6 Comentarios
 
Contrato indefinido
17/06/2013 08:33
Buenos dias

Disculpadme si habia algun post como este pero no fui capaz de encontrarlo.

Se me acabo el contrato y me renovaron con uno indefinido a sabiendas segun me han dicho que me despiden a los 3 meses de trabajar, entonces mi duda es, cuantos dias de vacaciones puedo disfrutar y cuantos me pagaran?

Segun tengo entendido tienes vacaciones dependiendo de lo trabajado pero claro es un contrato que en cualquier momento me pueden despedir ¿no? entonces legalmente tengo 1 mes de vacaciones si no puedo hacerlas todas me las pagaran cuando me tiren pasados 3 meses? recuerdo que en el contrato no se estipula que me vayan a hechar puesto que es algo de lo que me he enterado por lo bajini.

Saludos y gracias
17/06/2013 09:40
Usted deberá disfrutar de sus vacaciones de la misma manera que lo hubiera venido haciendo hasta la fecha. Efectivamente, si llegado el momento del despido le quedaran vacaciones pendientes, le serán pagadas en metálico, incluyéndolas en la liquidación.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
17/06/2013 10:05
Gracias por la respuesta.

Eso significa que por mas que este estipulado que me vayan a hechar pasados 3 meses yo ahora mismo podria hacer legalmente 1 mes de vacaciones antes de que me despidan, aunque no este bien visto ni sea "moralmente correcto" segun como se mire claro...

Gracias por vuestr ayuda.

Saludos
17/06/2013 10:25
El posible despido ha llegado a su conocimiento por conversaciones, pero entre tanto se produce (si es que se produce) todo debe desarrollarse con normalidad. Lo que sí debe tener en cuenta que si usted disfruta de todas sus vacaciones ahora quedará obligado (en caso de que el despido se produjera) a devolver el equivalente en metálico de esas vacaciones, por lo que se descontarían de su liquidación.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
17/06/2013 11:46
Muchas gracias por las prontas respuestas.

Entonces entiendo que, si se me permitiesen hacer 1 mes ignorando totalmente que me vayan a hechar a los 3 meses, ¿que culpa tengo yo para luego tenerles que pagar las vacaciones?, tengo que releerme las condiciones del contrato de todos modos, no obstante lo que si que me queda claro que yo a dia de hoy podria hacer 1 semana de vacaciones y luego cuando me hechen a los 3 meses pagarme las 3 semanas restantes de vacaciones, ¿me equivoco?

Muchas gracias
17/06/2013 11:51
Efectivamente, todo lo que no disfrute le será abonado cuando se produzca (si es que se produce) la extinción del contrato. Entre tanto, tenga presente que en muchas empresas no se permite disfrutar las vacaciones más allá de la finalización del año natural, lo que le indico para que lo tenga presente en el supuesto de que esa extinción del contrato no llegare a producirse.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
17/06/2013 11:53
Muchas gracias.

Me es de mucha ayuda esa informacion y me ha despejado las dudas que podia tener, ahora solo me queda leerme bien las condiciones y ver cuales son los derechos legales a los que debo atenderme.

Saludos Cordiales