Si usted no subroga se queda con la empresa con la que esta actualmente y esta al no tener (si es que no tiene donde reubicarle) puesto para usted dará por finalizada la obra, aunque el puesto siga lo lleva otra empresa con la que usted no tiene dcho a renovar y con su actual empresa queda sin servicio y por tanto puede proceder al fin de cto no a un despido así que la indemnización será la de 12 dias/año trabsjado
Buenas tardes. Hace unos días pregunté aquí si tenía derecho de subrogación con un contrato de obra y servicio desde el día tres de Marzo. Me confundí, mi contrato, actualmente, es desde el día 3 de marzo hasta fin de obra y servicio (así viene en el contrato). Sería subrogado si se cambia de empresa?. Al parecer para junio puede haber cambio de empresa. Gracias.
Eduardogil si lleva desde diciembre no lleva los 7 meses que exige el convenio para ser subrogable.
Alicante18 si nos dijera en qué trabaja y el convenio podríamos decirle mas, normalmente los convenios amplían 12 meses mas ese plazo de 3 años y si no desaparece la causa no le pueden dedpedir, hoy en día un cto de obra o servicio es casi tan seguro como un indefinido.
Buenas tardes, a ver si me podéis aclarar alguna duda que tengo. Os cuento mi caso; trabajo para una empresa con un contrato de obra y servicio (he cumplido hace poco 3 años de antigüedad) y no paro de darle vueltas al hecho de que el año que vienen me echen. La cuestión está en que compañeros míos de trabajo que entraron después que yo les hicieron varios contratos distintos se 1 mes 4 meses 8 meses y ya son indefinidos, es decir, gente llevando 2 años menos que yo ya tiene un contrato indefinido y los que estamos en mi situación no. ¿No deberían de habernos hecho a nosotros también indefinidos? ¿Obligatoriamente nos deben de hacer indefinidos al llegar a los 4 por este hecho?
Me quema mucho sobre todo a la hora de poder pedir algún préstamo o hipoteca.
Llevo desde diciembre trabajando en el puesto en sustitución de un compañero que estaba de baja. Cuando se dio de alta me finiquitaron y me volvieron a hacer otro que es el obra y servicio desde el día tres de marzo
El 3 de marzo firme un contrato de obra y servicio en la empresa de vigilancia en la que trabajo, al parecer en mayo puede que otra empresa se haga cargo del servicio o continúe la actual. Tengo derecho a la subrogación con el contrato de obra y servicio?.
En el sector en que me muevo la subrogación esta a la orden del día y por lo general la empresa saliente utiliza artimañas como subir el salario en base a otorgar complementos que no tienes para encarecer la oferta de la otra empresa pero la finalidad de modificar la contratación teniendo en cuenta que hoy en día eso sirve de bien poco, por lo que salvo posibles deducciones a la cotización a la SS no le veo ventajas, por cierto esas subidas salariales cantan bastante y son recurribles en las subrogaciones porque es fácil demostrar que en nominas anteriores no lo habia
A mi me surgen varias dudas:
¿Que interés puede tener la empresa en modificar su contrato a unas condiciones supuestamente mas favorables?
¿Ahora,a contrata vencida?
Si a la empresa entrante no le interesan esas condiciones,tiene todas las de ganar no aceptándolas.
¿A usted le interesan?
Puestos en elucubrar,no,fijo ya lo es en el momento que quiera,por obra o servicio,dicho servicio permanece,solo cambia de empresa prestataria,por lo tanto,no cabe la mas mínima posibilidad de que le adscriban a otro servicio.
Lo dicho,a cada día su problema y ese no es para hoy,no mover ficha y que corra el tiempo.
Precisamente ahí esta la clave, para subrogar es mejor mantener el cto de obra aunque creo que el único interés de su actual no es quedarse con usted sino que al hacer esa novación contractual reciban una ya sea en metálico o en futuras contrataciones deducciones a la cuota de la SS.
Por contra, usted, primero, no puede renunciar a sus dchos, segundo, ¿Porqué tiene que renunciar a nada? simplemente no firma ni la novación, ni la carta de renuncia, que por otra parte, en mi opinión carece de validez alguna, es decir a usted le pueden poner a firmar un nuevo cto pero ¿Qué le obliga a renunciar a nada? Insisto yo no haría nada, dejaría correr el tiempo que juega en su favor y listo.
SMO
disculpe si me he explicado mal, ok entendido, pero pregunto:
-si ahora acepto conversion a indefinido, la empresa actual me puede colocar en otro servicio si quiere (cosa que nadie quiere) antes del cambio de empresa?
-actualmente en mi contrato de obra y servicio pone que estoy vinculado a mi servicio...por lo que si paso a la emrpesa nueva como 0bra...seguire trabajando para ese servicio....sin embargo si acepto ser indefinido ahora...pasare como indefinido de la nueva....por lo que ya no quedara escrito en ningun lado que estoy vinculado a ese servicio....
sobre la renuncia por escrito...si yo renuncio a ser indefinido...entiendo esa carta de renuncia pasara a la empresa nueva...i en un futuro...entiendo que como dice UD si denuncio ...se me reconoceria el indefinido...pero no se yo si habiendo firmado esa carta...me perjudicaria....mil gracias! es un tema que me urge me ayuden puesto que ya estan dando las cartas. gracias de nuevo.
Parece ser que no ha entendido nada de lo que le he comentado, vera la empresa saliente solo quiere convertir sus ctos fe obra en indefinidos por las subvenciones, ayudas o como quiera llamarlas, luego esta la opinión de que es mejor indefinido o fin de obra, pues que quiere que le diga ambos tienen sus ventajas y sus desventajas pero lo que no ha entendido usted es que su cto tras 6 años es indefinido y por tanto yo mantendría el de obra y cuando quisieran dar por finalizada el cto de obra o servicio procederia por mi parte a denunciar ese cto para su conversion en indefinido, hoy en día tener un cto indefinido no significa tener mas ventaja, dolo que el despido cuesta mas. Indefinido soli supone que sabes cuando comienza pero no cuando termina y en este país en la actualidad el despido es libre, la diferencia es que cuesta mas despedirle.
Vera ahora estoy con el tlfno, si puede esperar unos días el próximo fin de semana le comento, aunque seguro otros compañeros le guiaran por las ventajas de ser indefinido. No obstante lo que sí le voy a argumentar en ppio eso que dice de que la empresa pretende que o firma el cto indefinido o renuncia directamente solo le digo, ni fu ni fa, no pueden obligarle s renunciar a nada asi que simplemente no firme nada y mantenga las dos posibles opciones, es decir indefinido u obra.
Como dice que lleva 6 años es usted indefinido pero a eso siempre puede optar, yo me haría el tonto y mantendría el obra
Hola, os comento mis dudas a ver si alguien puede aclararme algo.
Trabajo para una empresa en la que llevo 6 años. Es una empresa que cada tiempo sale a concurso publico y ahora salio una licitacion y el mes que viene nos subrogan a todo el personal y pasaremos a la empresa que salga adjudicada. Entre los compañeros, hay gente que tiene contrato de obra y servicio y otros indefinidos.
A los que somos de contrato de obra, la empresa actual nos quiera pasar a indefinidos, pero nos da la opcion de elegir entre ser indefinidos o renunciar por escrito, y seguir siendo de obra. Mis dudas de cara a la siguiente empresa a la que entrate son:
-Ventajas de entrar siendo indefinido a la empresa nueva. Me han comentado que si entro como indefinido en la empresa nueva, la empresa podra cambiarme de servicio si lo desea (cosa que no quiero ni yo ni nadie) a nosotros nos interesa seguir en el servicio en el que tantos años llevamos.....de hecho en el contrato actual como obra y servicio pone que estamos adscritos al servicio "tal"....entiendo que al pasar de empresa con contrato de obra...la empresa entrante no podria modificarnos esto.....
Inconvenientes de pasar como indefinido a la empresa nueva.
Ventajas de seguir en la empresa entrante como obra y servicio (entiendo que en mi contrato seguiria poniendo que estoy vinculado al servicio en el que estoy, que es un servicio que no termina nunca la obra) que es lo que nos interesa.
Inconvenientes de entrar en empresa nueva como obra y servicio.
El mayor miedo que tenemos es que ahora, al entrar en la empresa nueva se haga un ERE y nos afecte si estamos como indefinidos.....