Si tengo un contrato indefinido y la empresa quiere echarme sin motivos aparentes (despido improcedente) ya que los motivos que me dan son por una baja actividad economica de la empresa.
Aquí vienen las 2 preguntas:
1º En mi caso particular, si cogen un viernes y me dicen que el Lunes siguiente ya no vuelva, tengo derecho a reclamarle 15 dias de suelo por no darme el preaviso?
2º Aprovecho la pregunta tambien para los que tienen contrato de 1 año y quieren prescindir de ellos antes de la finalizacion del contrato. Tambien tendrian derecho a estos 15 dias.
1º.- ¿Es un despido improcedente reconocido por la empresa o por lo contrario eres tú quien dice que es improcedente?
2º.- La notificación de fin de contrato deberá ser notificada por escrito mínimo 15 días antes de la fecha de efecto siempre y cuando el contrato sea superior a un año. por lo contrario se realizará lo estipulado en convenio.
mlag0053, en tu 2º punto estimo que no lo has entendido bien. En ese punto fulgenciodemiguel habla de cortar un contrato temporal antes de su finalización, lo que se convierte en un despido, con lo cual no viene a cuento lo de los 15 días, sino las normas por las que se rijen los despidos.
Tengo un contrato de un año que vence el 23 de Marzo de 2010 y la idea de la empresa es rescindir mi contrato el 31 de diciembre porque no quieren que continue en la misma, ya que el rendimiento de la empresa es bajo y tienen que quitarse personal para ahorrar sueldos.
Por esto viene la pregunta inicial si deben de comunicarme 15 dias antes de que al rescisicion de contrato se produciria el 31 de Diciembre.
La otra pregunta la formulo porque tengo compañeros con trato indefinido que también quieren despedirles.
Por esto motivo he aprovechado el post inicial para hacer las dos preguntas.
Las causas por las que me quieren despedir en principio son por decisiones de empresa, nunca por motivos disciplinarios pues no he hecho nada al respecto y así lo saben ellos. Claro está que el motivo que aleguen en dicha carta los desconozco.
En principio no se que alegarán, pero vamos, motivos disciplinarios no.
No sabia que en funcion de lo que pongan en la carta, es obligatorio notificar o no con 15 dias de antelacion. Pensaba que habia alguna ley que regulara esto y que no fuera tan subjetivo.
Lo de avisar con 15 dias de antelacion es para contratos temporales de duracion superior a un año. En estos casos que tu planteas es como ha dicho un compañero mas arriba, segun el tipo de despido. Un objetivo son 30 dias de preaviso, un disciplinario no tienen que preavisar si no quieren, te pueden dar la cartita un viernes diciendo que ese mismo dia terminas...
No, vamos a ver. Que no me estoy explicando bien.
si es objetivo =30 días y si no te lo notifican en este plazo te deberán abonar 30 días de salario
si es disciplinario=0 días.
si es improcedente(reconocido por la empresa)=0
no creo estar equivocado pero espera que a lo mejor Sabiondo puede decirnos algo.
efectivamente, los 15 días son para contratos de duración determinada superiores a un año.
A ésto me refería en mi primera intervención debido a una mala interpretación
Perdona Majoga, es una expresion tipica en mi tierra.
Me refiero a que no te dejan capacidad de reaccion es decir, si yo ya se que me van a despedir, puedo tomar alguna decision a lo largo de esos 15 dias (sea del tipo que sea), mientras que de la manera que expones, me refiero a que mañana ya estoy en la calle, así de crudo.
Pues en el caso de un despido por causas disciplinarias asi es, lo siento. Y la expresion su significado lo entendia, jeje, lo que no entendia porque tu considerabas que te dejaban sin nada de un dia para otro, pero claro si no sabes como va esto de los despidos lo veo mas normal.
Despido objetivo , sea procedente o sea improcedente reconocido por la empresa , 30 dias de preaviso o el abono de los mismos , despido disciplinario procedente o improcedente , de hoy para ya no hay preaviso
saludos