Una duda que tengo es en un contrato fin de obra cuando se establece una fecha de fin y la obra no ha concluido en esa fecha se puedo prorrogar tantas veces como se quiera o hay un limite.
En los contratos de obra no es necesario que aparezca la fecha, pero en caso de que conste, deberá entederse simplemente como referencia o con caracter aproximado, por lo que si llegados a esa fecha la obra no ha concluido no es necesario prorraogar el contrato.
El único límite en cuanto a la duración será lo quie dure la obra o servicio o bien las actividades concretas, dentro de esa obra o servicio, para las que fue contratado el trabajador en cuestión.