¿Me podrán decir los derechos que tiene un trabajador con contrato fijo-discontinuo?¿cuantos meses tiene derecho a trabajar al año?¿cuando puede pasar a contrato fijo normal?
El contrato fijo-discontinuo es una modalidad de contrato indefinido que se caracteriza por la prestación intermitente de la actividad laboral, es decir, no se trabaja de manera continua durante todo el año, sino durante temporadas o períodos específicos que son previsibles y forman parte de la actividad ordinaria de la empresa. Estos contratos pueden ser utilizados, por ejemplo, en sectores con demanda de trabajo estacional como el turismo, la educación en estaciones de esquí, o la agricultura durante épocas de cosecha.
Derechos del trabajador fijo-discontinuo:
Indemnizaciones en caso de fin de contrato: Aunque estos contratos ofrecen cierta seguridad de empleo, no llegan a la estabilidad de un contrato indefinido "continuo", pero las indemnizaciones en caso de finalización son mayores en comparación con los contratos temporales .
Prestaciones por desempleo: Tienen derecho a ayudas por desempleo durante los períodos de inactividad, con una normativa específica que regula el cálculo de las bases reguladoras y el tiempo cotizado para estas prestaciones .
Trabajo para otras empresas: Pueden trabajar para otras empresas durante sus períodos de inactividad, siempre y cuando no exista un pacto de exclusividad o se considere concurrencia desleal.
Cotización a la Seguridad Social: La cotización durante los períodos de actividad se realiza en las mismas condiciones que para los trabajadores con contratos indefinidos, cubriendo contingencias comunes, profesionales, desempleo, entre otros.
Vacaciones y otros derechos laborales: Tienen derecho a vacaciones y otros beneficios laborales de acuerdo con lo trabajado y lo establecido en el convenio colectivo aplicable.
¿Cuándo puede convertirse en un contrato fijo normal?
Un contrato fijo-discontinuo puede transformarse en un contrato fijo normal cuando, por las necesidades de la empresa y el desarrollo de la relación laboral, se deja de ajustar a las características de intermitencia y estacionalidad propias del fijo-discontinuo. Esto podría suceder, por ejemplo, si la actividad laboral del trabajador se convierte en continua y permanente sin los periodos de inactividad característicos del contrato fijo-discontinuo. La transformación dependerá de las circunstancias específicas del trabajo y de los acuerdos entre el empleado y el empleador, teniendo en cuenta lo dispuesto por la legislación laboral y los convenios colectivos aplicables.
La regulación y condiciones de estos contratos, tras la reforma laboral de 2022, están detalladas en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, que entró en vigor desde el 30 de marzo de 2022. Se destaca la importancia de la formalización escrita del contrato, que debe reflejar elementos esenciales de la actividad laboral, como la duración y distribución horaria de la jornada laboral, aunque estos pueden ser estimados hasta el momento del llamamiento .
(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)
Buenas tardes,
En la oferta de plazas de la ope de personal laboral fijo de estabilización de plazas fijas como enfermera en la comunidad de Madrid hay plazas de fijo discontinuo para poder elegir al finalizar la fase de méritos. Mi pregunta es: pueden ofertar este tipo de puestos de fijo discontinuo cuando lo que se va a firmar es la plaza como personal laboral fijo? Y si es así, cómo se haría la conversión cada año al finalizar el periodo de actividad laboral para optar al paro? Yo entiendo que no se puede hacer esto ya que cada año cesarías como laboral fijo y te conviertes en fijo discontinuo los meses de verano ? Esto es lo que los sindicatos en educación están comentando que algunas plazas que se ofertan son de fijo discontinuo en la ope de laboral fijo. Gracias