Hola,
¿Se pueden abonar las vacaciones no disfrutadas en el finiquito tras el fin del período de actividad de un contrato fijo discontinuo o las debe de disfrutar el trabajador, y por tanto finiquitarle tras haber realizado las vacaciones?
Puede disfrutarlas fuera del periodo de jornada de trabajo pero entonces deben permanecerle de alta y cotizar por él a la seg social hasta cumplidas las vacaciones.