El contrato en prácticas no te quita derecho alguno que tengan el resto de los trabajadores, escepto claro está el del salario a percibir que puede ser el 70% el primer año y el 80% el segundo del de la categoría que corresponda a la práctica. No obstante el convenio colectivo puede corregir esto.
su duración máxima es de dos años y la mínima es de seis meses.