Buenas tardes.
Mi consulta es por un contrato hecho con un DJ para una boda el 27-8-2016, si bien es cierto que en el mismo pone que si se cancela dicho contrato antes del 27-8-16 conlleva una indemnización de 100€, por tfno la relaciones públicas que me atendió dijo que si se avisaba con mucho tiempo no cobrarian esa indemnización, lo he intentado cancelar en el dia de hoy y me exigen esa indemnización faltando aún 9 meses y medio ¿estoy obligada a pagarlo? si es así ¿puedo exigir factura de ello?
Gracias. Saludos
Desgraciadamente, lo que importa es el contrato por escrito más que lo que te hayan podido contar de forma verbal. Si tienes algún tipo de prueba por escrito (un email o algo parecido) en el que dicen que no se cobra cuando se avisa con mucha antelación podrás hacer algo. En caso contrario no.
Con respecto a la factura, sea factura o cualquier otro documento que pruebe que has pagado esa cantidad, tienes posibilidad de exigir que te la entreguen. Si no no quedaría constancia del pago realizado y podrían reclamártelo de nuevo, sobre todo si se hace con efectivo. Eso sí, recuerda que las indemnizaciones no llevan IVA.
Buenos días, les he reclamado la factura y no me la envían, ni ningún otro documento. Lo q no voy hacer es pagarles sin algún documento y que luego me vuelvan a reclamar el pago. Quieren transferencia y no voy hacerla xq encima me cobra el banco. ¿Que se puede hacer? ¿ O lo dejo así hasta q ellos den señales de vida?
Saludos
La factura se entrega cuando se paga. Si dispones de la factura se supone que ya has pagado. El justificante de la transferencia es suficiente para demostrar el pago realizado.