Buenas tardes,llevo en mi empresa desde Junio 2017 con lo cual este año hago 4 años y sigo teniendo un contrato de trabajo temporal hasta fin de temporada,deberian haberme hecho ya indefinida?tiene algo que lleve con reduccion de jornada por hijo a cargo desde Octubre 2019?
Cual deberia de ser mi situacion en la empresa?
Gracias de antemano
Un saludo
A qué se refiere con un cto hasta fin de temporada? Un cto de fin de obra?
Si es así el tiempo máximo de cto temporal son 3 años ampliable por convenio 12 meses más, (ojo esto tiene que venir reflejado en el convenio sino la duración máxima son 3 años).
Usted no debe preocuparse, debe continuar trabajando y cuando quieran poner fin al cto les demanda y ya será usted indefinida.
smo
Tras consultarlo con la Seguridad social tengo un contrato a tiempo completo por obra y servicio como aydte no titulado. Y mi situación actual es que en Julio de este año cumplo 4años en la empresa y llevo en reducción de jornada por conciliación familiar desde Noviembre 2019, además tengo titulación universitaria, en concreto diplomada. En definitiva no sé qué tipo de contrato debería tener o si estoy en situación irregular y debería denunciar, gracias de antemano por su ayuda
Lo primero es saber cuál es el convenio colectivo de aplicación así como la actividad de la empresa.
Lo segundo, saber las funciones que realiza si se ajustan a su categoría de aydte NO titulado o por contra le ponen esa categoría pero usted realiza funciones acordes a su titulación universitarias.
Pongamos por ej, que su titulación es un grado ingeniero informático pero hace usted tareas de limpieza en la empresa y por tanto de trabajador NO cualificado, si esto es así su CTO es correcto pero lo que suelen hacer es aprovechar la titulación universitaria e imponer una categoría de aydte no cualificado para por un lado pagarle un salario de m....y tener a un ingeniero haciendo las funciones que le corresponden a este.
Aquí lo que usted tiene que hacer es limitarse a hacer las funciones que según su convenio son las correspondientes a su categoría, osea yo puedo ser ingeniero y la empresa contratarme como barrendero pero yo entonces debo limitarme a hacer funciones de barrendero.
Por último, cuando en Julio se cumplan los 4 años la empresa puede hacer dos cosas, finalizar el cto o por contra ofrecerle un nuevo cto, si finalizan contrato usted no puede hacer nada, si por contra le ofrecen renovar, no lo dude, renueve con el cto que le ofrezcan porque con que trabaje un sólo día ya será usted indefinida, además desde está última reforma el cto de obra o servicio desaparece por lo que no pueden ponerle ese cto de nuevo y cumplidos los 4 años ninguno otro que sea temporal, así que si le ofrecen renovar usted lo firma y luego demanda a la pres por contrato en fraude de ley.
smo
Es el convenio de alquiler de vehículos sin conductor de Baleares aunque yo trabajo en península, la empresa es de alquiler de vehículos,he mirado y aunque no lo tengo claro, creo que se puede estar máximo 2años con mi tipo de contrato y ya pasaría a fijo, debería denunciarles al no haberlo modificado? O paso a ser fija automáticamente? Y tiene algo que ver la reducción por hijo en caso de que decidan despedirme o no renovarme, ya llevaba 2 años en la empresa cuando la solicité y tampoco modificaron nada del contrato en su momento, con lo cuál al pedirles copia me envían el contrato inicial a tiempo completo por obra y servicio sin modificar horarios ni salario, gracias