El contrato de obra o servicio se caracteriza a grosso modo porque el trabajador es contratado para prestar servicios en una obra o proyecto. Si el trabajador presta servicios en otra obra o proyecto (bien porque se cambia el servicio, bien porque se acaba uno y se pasa a otro, o cualquier otra circunstancia) el contrato es fraudulento porque no se cumple su objeto. Al ser el contrato fraudulente, este se convierte en indefinido.
Ahora bien, no es una conversión automática pues, salvo que la ITSS actúe y compruebe esta circusntancia, la Administración no tiene conocimiento de ello. La forma habitual de proceder cuál es: siguier trabajando como si nada. Si la empresa "voluntariamente" transforma el contrato a indefinido, pues no pasa nada. Si la empresa en lugar de transformar el contranto lo que hace es comunicarle la finalización de la relación laboral por fin de obra o servicio, en ese momento el trabajador demanda judicialmente por despido improcedente, pues al ser un contrato indefinido por fraudulento, este no puede finalizar por ese motivo, no existiendo causa legal para la extinción del contrato.
Hola, pero hasta la fecha y según convenio hasta que no llega la fecha no estoy indefinido todavia (22/09/2013). es legal, que no me cambien la obra en la que estoy actualmente y figure la antigua?
estoy en una empresa de servicios informáticos, en la que estoy cambiando cada cierto tiempo de proyecto y/o cliente. es por esto que sea indefindo?muchas gracias
Hola buenos días, tengo una duda con mi contrato de trabajo 401 por fin de obra. estoy en la empresa desde el 22 de Septiembre del 2010. estoy en una empresa de servicios, estando en varios clientes/proyectos, me figura el primer proyecto el cual finalice hace tiempo. la empresa no me cambia la obra en la que estoy actualmente. cuando pasa a ser indifinido mi contrato de trabajo? cuanto me corresponde en caso de finalizarlo el 22 de Septiembre 2013? Muchas gracias, un saludo