No tienes que abandonar el piso, todo lo contrario.
Es un contrato de vivienda habitual, aunque el arredador lo haga por 11 meses (es la típica leyenda urbana de que si es por menos de 1 año se puede hacer por temporada y es falso), por lo que dile que te has informado y que esto es así y que piensas cumplir hasta que pasen los 5 años que dicta la LAU.
Si a él no le parece bien, que te demande, no creo que ningún abogado le aconseje llegar a juicio, pues lo tiene perdido.
Con esto ganas tiempo, como mínimo, para buscar otra cosa, si es lo que quieres, pero que sepas que puedes continuar hasta los 5 años.
Hola kaput. Le aconsejo que cuando vaya a devolver las llaves a su arrendador ambos inspeccionen el estado de la vivienda ese mismo día o que acuerden hacerlo en un día concreto posterior. Asímismo debería llevar un escrito en el que conste:
1) Fecha de celebración del contrato.
2) que se devuelven las llaves
3)que el piso está en perfectas condiciones
4) que ninguna de las partes debe cantidad alguna a la otra
5) que el contrato se da por resuelto y que, la fianza de 4 meses, será restituida al Arrendatario(usted) en ese mismo acto o en fecha posterior.
6) Fecha del documento, ciudad y firma de ambas partes.
Perdona que pregunte tanto, pero ahora tengo otra duda. Al entrar, le entregamos una fianza equivalente a 4 mensualidades. Si en el piso no hay desperfectos ¿El arrendatario esta obligado a devolver la fianza cuando se le haga la entrega del piso?
Hola kaput. Lamento comunicarle que en Barcelona únicamente conozco a una abogada de mi confianza,pero ella se dedica al Derecho Penal, y lo que usted necesita es un/a especialista en arrendamientos urbanos(Rama Civil).
Jan, muchas gracias por tu respuesta. Mi voluntad siempre ha sido la de tener un contrato de vivienda, pero el propietario del piso, unicamente me lo alquilaba si el contrato era el de temporada de 11 meses. Se que este tipo de practicas es habitual entre los arrendatarios para poder echar a los inquilinos cuando les apetezca. He acudido a un abogado, pero sus honorarios son del 40% de una anualidad. O sea, una barbaridad que no estoy dispuesto a pagar. ¿Me puedes aconsejar algún abogado de confianza que pueda ayudarme? Soy de Barcelona.
Hola kaput. Que un contrato de arrendamiento sea calificado como de Vivienda o de Temporada dependerá de SI LA VOLUNTAD del arrendatario EN EL MOMENTO DE REALIZAR EL CONTRATO - de forma verbal o escrita - era la de utilizar esa vivienda como PERMANENTE o de forma temporal. Para ello se debe atender a las circunstancias personales del arrendatario en el momento de la celebración del contrato.
Le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía quien, en el caso de que con los datos que usted facilite pueda determinarse que el contrato es de Vivienda, podrá mediar entre usted y su arrendador.
Hace 22 meses que mi novia y yo decidimos irnos a vivir juntos. El arrendador del piso que alquilamos nos informo que el contrato seria de temporada renovable cada 11 meses. A los 11 meses de vivir en el piso, tal y como lo acordamos verbalmente formalizamos un nueco contrato para 11 meses actualizando la renta con el IPC. Ahora que finaliza el nuevo contrato recibimos un burofax donde se nos informaba que a fin de mes termina nuestro contrato que hará posesión de la finca. Hace nada me enteré de que el propietario ha intentado camuflar un contrato de vivienda debajo de un contrato de temporada.
Estos días estamos buscando como locos un piso, pero no encontramos nada que este en condiciones. Si al final del plazo del contrato no hemos encontrado nada me veo con las maletas en la calle. Mi intención es abandonar el piso, pero para si no encontramos nada:
¿Qué acciones puedo tomar para que el contrato de temporada pase a ser un contrato de 5 años?
¿Cuanto puede costarme económicamente?