Una promotora me ofrece un alquiler con opción a compra, pero quieren que el alquiler no se rija por la LAU. Para ello plantean el contrato de la siguiente manera:
REUNIDOS
- De una parte, fulano de tal, mayor de edad, con N.I.F. nº 0000000-N, quien interviene en nombre y representación de “la empresa”, domiciliada en xxxx, con C.I.F. nº G-00000000, en su condición de Gerente, con facultades bastantes para este acto.
- Y de la otra, ...............................................mayor de edad, vecino de Burgos, con .............................................. y con N.I.F. nº 000000000-W, y quienes intervienen en su propio nombre y derecho.
EXPONEN
I.- Empresa tal es titular del pleno dominio de una vivienda sita ..................................................., cuya superficie útil asciende a bla.....
II.- Que ............................................................................ han manifestado a la empresa su interés en el uso de la vivienda y el garaje descritos en el expositivo anterior y, asimismo, su interés en la posible adquisición posterior de los mismos.
III.- Que, como consecuencia de tal interés, previas las conversaciones y negociaciones habidas entre las partes, han llegado a un acuerdo de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA AMUEBLADA CON PRESTACION DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y CON OPCIÓN DE COMPRA, que concretan en las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- Objeto y destino.
1.1.- Por medio del presente documento, “la empresa” cede en arrendamiento a ..........................................................., que aceptan, la vivienda y el garaje descritos en el expositivo I de este documento.
El contrato de arrendamiento incluye el mobiliario de cocina, los electrodomésticos y los demás enseres que constan en la relación que se acompaña al presente como anexo nº 1, firmado por las partes contratantes, declarando la parte arrendataria que todos los elementos integrantes de dicho mobiliario se encuentran en buen estado de conservación y en estado de servir al uso que les es propio.
1.2.- La vivienda deberá ser destinada única y exclusivamente a satisfacer la necesidad de vivienda permanente del arrendatario y su familia, estando prohibido desempeñar en la vivienda arrendada ninguna actividad profesional o empresarial.
1.3.- Dentro de las obligaciones asumidas por la parte arrendadora, y por tanto de la renta pactada, se encuentra la de prestar servicios complementarios propios de la industria hotelera consistentes en llevar a cabo la limpieza del interior de la vivienda con periodicidad semanal.
1.4.- Se hace constar de forma expresa que, dadas las características de las obligaciones asumidas por la parte arrendadora, al presente contrato no le es de aplicación la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la misma y, en consecuencia, en lo no previsto a continuación se regirá por las disposiciones previstas en los artículos 1.542 y siguientes del Código Civil.
SEGUNDA.- Fecha de entrada en vigor y duración.
El plazo de duración del presente arrendamiento con prestación de servicios complementarios es de VEINTIDOS (22.-) MESES a contar desde la firma del presente documento, que será la de inicio del arrendamiento, y que no será prorrogable bajo ningún concepto, por lo que el arrendamiento cesará, sin necesidad de previo requerimiento de la arrendadora, ...........................................................
Se hace constar de forma expresa que el plazo de duración se pacta libremente por las partes, sin ser de aplicación la prórroga obligatoria establecida en el artículo 9.1 de la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
TERCERA.- Renta.
Como precio de este arrendamiento se establece una renta mensual inicial de ......................................(....... €), pagaderos por meses anticipados, del día uno al cinco de cada mes, mediante recibo que girará la parte arrendadora a la cuenta c/c nº .............................................. abierta a nombre de la arrendataria en ................................. .
Este importe se entiende como Base Imponible, sobre la cual se repercutirá el importe que corresponda en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (7 %).
Mis dudas son dos:
¿Es posible que se libren de cumplir la LAU con este contrato?
Y en caso afirmativo ¿tendría que indemnizar a la promotora si quiero irme antes de los 22 meses indicados en el contrato?