El contrato de mediación o corretaje, cuya licitud admite el Código Civil al amparo del artículo 1.255, es aquel contrato en virtud del cual una persona (comitente) encarga a otro (corredor o mediador) que le informe de la ocasión u oportunidad de concluir un negocio jurídico con un tercero (mediatario) o que le sirva de intermediario en esta conclusión, realizando las oportunas gestiones para conseguir el acuerdo de voluntades encaminado a su realización a cambio de una retribución (prima o comisión),
En cualquier caso lo realmente importante es que quede bien plasamada la voluntad de las partes en el documento.
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Tengo que hacer unos contratos, y creo que el contrato correcto es de mediación pero no estoy segura. Es un contrato que deben firmar una empresa y un bar, de forma que el bar se anuncia en la pagina web de la empresa y los clientes pueden hacer pedidos a través de ahí.