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Contrato de compraventa piso

1 Comentarios
 
perfil veo
17/10/2016 22:29
cazado
acuda a un abogado, que le guíe el proceso, pero le indico a efectos informativos:
interpreto que usted es el comprador
en ese caso, le conviene comunicar fechacientemente a la parte vendedora su disposición a comprar, aunque el el contrato de arras no lo indique como obligación suya
si ya ha hecho esa comunicación y tiene comprobante de que la han recibido, no estaría mal volver a hacerlo, por burofax, reiterando que sigue en disposición de comprar y a la espera de que la parte vendedora le comunique fecha inmediata, y que, de no producirse en breve plazo, será usted quien concierte y les comunique cita en una notaría elegida por usted (es su derecho como comprador)
si nada se mueve y no acuden a esa última cita, tendrá que demandarles, y aquí se pueden dar varias situaciones, según se haya redactado el contrato de arras:
si las arras constan como confirmatorias, usted ya ha comprado, por lo que ha de instar judicialmente al cumplimiento de lo pactado (escriturar y pagar)
si las arras constan como penitenciales, e incluso si constan como, simplemente, arras o señal, podrá renunciar a comprar, y podrá pedir la devolución de sus 10.000 euros, y una penalización de la misma cuantía (otros 10.000 euros)
Contrato de compraventa piso
17/10/2016 21:33
Buenas queria preguntar que se puede pedir por el incumplimiento de la firma de escrituras de un piso.Se realizo un contrato de arras y se dio una señal de 10000 euros y el resto a la firma de escrituras en un cheque y que las escrituras tenian que firmarse antes del 6 -10 estamos a 17 de octubre y todavia no han puesto fech para firmar.Que podia pedir yo por esos daños y perjuicios?