Hola!! voy a vender una casa y tengo varias dudas. Que es mejor, un contrato de compraventa o un contrato de arras? por motivos personales necesito demorar la venta lo máximo posible, pero el comprador esta nervioso porque cree que me estoy echando para atrás en la venta.
A mi lo que me importa es a efectos legales y tributarios, qué fecha es la que se tiene en cuenta, la fecha del contrato privado de compraventa, o la fecha de la formalización de la escritura? o la fecha del contrato de arras?
Tampoco me queda muy claro la diferencia entre el contrato de compraventa y el contrato de arras...
Con el comprador ya le dije que la venta hasta mayo no la podíamos hacer, pero él quiere pagarme una señal y dejar por escrito el precio, aunque está de acuerdo que la casa no se pague del todo hasta Mayo.
La compraventa significa que el comprador es, desde ese mismo momento, el nuevo propietario; y las arras significan que usted sigue siendo propietaria pero durante el periodo pactado no se lo puede vender a otra persona, teniendo que venderlo además por el precio que figura en el contrato. Si falla el comprador, pierde lo depositado, y si falla usted, tiene que devolver el doble. Esa persona es seria y tiene el dinero, por lo que se le sugiere que no enturbie una compraventa satisfactoria con elementos ajenos a la misma, que pueden dar al traste con su negocio y con su dinero. El resto de las cuestiones que tiene usted, ha de plantearlas en el foro de derecho fiscal.