Acabo de firmar un contrato de compraventa de arras penitenciales (así lo pone en el título), pero en la cláusula de indemnizaciones pone que en caso de incuplimiento del contrato por una parte la otra parte puede obligar a la primera al cumplimiento del contrato. ¿Qué arras se consideran en este caso? ¿Podría el notario poner alguna pega al elevar a público el contrato aun cuando ambas partes quieran seguir adelante y firmar las escrituras?
Gracias