Soy el dueño de un bar y mi arrendatario quiere hacer una cesión a un tercero hasta que cumpla los cuatro años que quedan de contrato. Mis dudas son: ¿Debo hacer un nuevo contrato con el subarrendado por los cuatro años? ¿O en este caso seguiría vigente el contrato actual? ¿Según el arrendatario tengo derecho a un 15% de la cesión, eso es así? o tengo derecho a cobrar un porcentaje del traspaso, dependiendo del año de construcción de la finca, el 30% si el local se construyó antes de 1936; el 20% si se construyó después de 1936 yantes de 1942; y un 10% si se construyó después de 1942? Un saludo y gracias por su ayuda.
Hola Tony.Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, resolverá todas sus dudas.