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Contrato de Arrendamiento

1 Comentarios
 
18/01/2005 22:39
Con relación al arrendamiento de vivienda, un contrato ante notario, sería una prueba indiscutible, por el hecho de estar firmada por un notario, pero no sería más eficaz, en la medida de que el proceso de desahucio es el mismo. Y el tipo de prueba tambien, llamada documental, cambia el tipo de documento, ante notario es un documento público, en un despacho privado.

Por otra parte el notario "da fé", de lo que ustedes acuerden, y hará las advertencias legales oportunas. Pero un notario no es un asesor. Es un fedatario.

En un despacho, estudiarán mejor las circunsatancias de hecho de su caso en concreto, dandóle la forma jurídica adecuada.

En lo que a arrendamiento de vivienda se refiere. En determinados tipos de arrendamiento, el documento público es necesario.
Contrato de arrendamiento
17/01/2005 18:53
hola me podeis informar si en una notaria se puede hacer un contrato de
arrendamiento de vivienda y firmar ambas partes delante del notario, con el
objetivo de que si en inquilino inclumple alguna clausula del contrato
poderlo desalojar de la casa con mas eficacia y rapidez.
¿tiene la misma validez un contrato de arrendamiento firmado en una notaria
que firmado en un despacho normal de asesore?.
gracias