Por poder, se puede. Pero no creo que sea aconsejable porque tendrá que pagar el correspondiente IRPF por los ingresos recibidos en concepto de alquiler y además Hacienda le exigirá que el alquiler sea como mínimo el correspondiente a la renta imputada (art 85 de la Ley de IRPF).
Buenas tardes,
No se si me podrán ayudar, pero les expongo mi consulta de cara a obtener por parte de mi esposa, una fiscalidad favorable:
Soy casado en segundas nupcias, yo dispongo de un piso a mi nombre y mi esposa tiene otro en el cual vivimos junto a su hija, mi hijastra.
Ha llegado el momento de que le cedamos el piso en el que vivimos a la hija en régimen de alquiler y nosotros mudarnos al otro.
Y la consulta es la siguiente:
¿Puedo como propietario hacer un contrato de alquiler a mi esposa como inquilina?
Quedo a la espera de sus noticias.
Gracias