Trabajador de 23 años, suscribe contrato de arrendamiento de temporada de duración de 1 año, para uso de vivienda habitual y permantente (salvo que al año el arrendador no quiera renovar el contrato)...
¿Es compatible este tipo de contrato con la concesión de la renta básica de emancipación? ¿Teneis algún caso similar en el que hayan concedido dicha ayuda?
Es que ese contrarto no es un arrendamiento de temporada, el arrendador puede decir misa, pero es un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, por tanto sí se puede aplicar la ayuda.
Hola Iuris Rock. Sin poder examinar el contrato es complicado calificarlo, aunque coincido con el forista TN en que casi con toda probabilidad sea de vivienda. Sin embargo es posible que el arrendatario tenga álgún problema para que le concedan la renta básica de emancipación si en el contrato NO queda claro si se trata de Vivienda o de Temporada, pues la citada renta SÓLO se concede a los arrendatarios con un contrato de arrendamiento de Vivienda.
A ver, en el citado contrato figura en varios sitios: contrato de arrendamiento de temporada.
El tema de "las cosas son lo que son y no lo que las partes quieren que sean"... eso ya lo se yo... el tema es... q para que le den la ayuda que va a tener que hacer... ¿meterse a pleitos con el arrendador para que un juez diga que efectivamente se trata de vivienda habitual y por tanto es un contrato de vivienda y no de temporada pese a lo que ponga en su cabecera?
Yo he llamado a un telefono de información de vivienda de mi provincia y me han pasado con personas que llevan lo de la renta de emancipación y al exponerle si habrá problemas a la hora de pedir la ayuda con un contrato de temporada su respuesta fue:
-¿de que duración es el contrato?
-1 año
-Pues en principio si que te dan la ayuda.
-¿En principio? Necesito una respuesta segura...
-¿en alguna clausula pone que no sea vivienda habitual?
-No
-Pues entonces no va a haber ningún problema.
¿Que opinais? yo de arrendamientos no tengo mucha idea... pero es que la sensación que me dió es que esta muchacha estaba mas pez que yo.
Hola Iuris Rock. Yo aún no me he encontrado con ningún caso similar al que planteas,pero no creo que para conceder o denegar la renta básica de emancipación el organismo competente para ello entre a interpretar si la voluntad de las partes fue concertar un arrendamiento de Vivienda o de uso distinto al de vivienda.
En el caso de tu amigo a favor está que en contrato consta que es su vivienda permanente y la duración por 1 año - quizás también ayudase que ostentara además la titularidad de los servicios y sumistros y que estuviese empadronado - y en contra, que el contrato consta que es de Temporada.
Te agradecería que si tanto se la conceden como si se la deniegan nos los comunicases.
En cuanto sepa si le dan la ayuda o no os lo haré saber, es que de momento no la ha solicitado porque falta la referencia catastral de la casa (problemas con suma alega el propietario)... Historias para no dormir...