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Contrato de arrendamiento de servicios

1 Comentarios
 
Contrato de arrendamiento de servicios
05/12/2012 13:25
Hola a tod@s, quería saber vuestra opinión sobre mi caso.

Estoy de pasante en un despacho desde marzo, hace un par de meses me colegié y el titular del despacho en el que estoy me plantea que hagamos un contrato de arrendamiento de servicios, en el cual deja bien claro que no existe relación laboral entre ambas partes, que soy independiente, pero sin embargo me pone ciertas limitaciones que no se hasta que punto puede ponerme, sobretodo me llaman la atención dos:

- Que sólo puedo tener como cliente al despacho
- Que no estoy sujeta a horario alguno y que si necesita que me reuna con clientes fuera o dentro del despacho, tampoco tengo límitación de tiempo

Estas condiciones, entiendo que necesitan matizarse, puesto que qué pasa si alguien ajeno al despacho quiere que le lleve un asunto, no puedo? debo traerlo al despacho y no cobrar honorario alguno y conformarme con la comisión del 20%, que es el precio que establece en el contrato? Y, respecto a no tener horario alguno ni límites de tiempo, ello significa que tengo que estar 24h disponible para el despacho?

Muchas gracias, un saludo.
05/12/2012 13:56
En cuanto a los honorarios no puedo decir nada, pero sí, creo, en cuanto a los otros aspectos. En tanto que por mucho que tú reflejes en el contrato (y ambos lo suscribáis) que eres independiente, dejarías de serlo por el hecho de someterte al 100% al horario, etc. Esto ya lo venían resolviendo algunos tribunales antes de que se promulgara el Real Decreto 1331/2006.

Todo lo demás depende de la voluntad de las partes.

Motta&L Abogado