Os expongo mi caso. Soy licenciada en prácticas y tengo un amigo que acaba de firmar un contrato de arrendamiento de un estudio para solo 6 meses y, como siempre, NO lo ha le leido ni me lo ha traido para que lo examinara antes de firmarlo.
En él, además de estipularse un sin fín de claúsulas nulas y abusivas como creo que ya es habitualr,(renuncia a derechos, todos los gastos de conservación y reparación a cargo del arrendatario...), se establece que "LAS PARTES ACUERDAN que la propietaria pueda acceda a la vivienda en caso de que haya que realizar cualquier reparación y para examinar su estado"
Se que es un debate recurrente el que la propiedad pueda acceder a la vivienda, y que no puede en un principio, pero, ¿y con un pacto expreso? A mi entender ha existido un abuso, aunque no se establece nada en la LAU. ¿Debería hablar con el arrendador?
No lo entiendo... ¿por qué contestar por contestar..?, ¿Es que acaso se aburre usted?, ¿Tiene ganas de faltar al respeto?.
El hecho de que la gente meta la pata es precisamente la razón de que acudan a un abogado.
Espero sinceramente que no sea usted Juez, y si es el caso, no encontrarmelo nunca en una sala, su actitud es lamentable.
Hola melitora,
Sería necesario echarle un vistazo al contrato de arrendamiento. Por otro lado, si bien hay cláusulas abusivas en algunos arrendamientos, es necesario ser un poco prácticos atender a las circunstancias concretas..
Por otro lado, yas sabes que la LAU posee dispositiciones de carácter preceptivo que se imponen sobre cualquier tipo de negociación escrita..
Mi consejo es el que tú misma le has dado a tu amigo: que le eche un ojo un abogado antes de firmar nada..
Hola melitora. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
……."LAS PARTES ACUERDAN que la propietaria pueda acceda a la vivienda en caso de que haya que realizar cualquier reparación y para examinar su estado"……..
Este pacto , da derecho a acceder a la vivienda , en los supuestos en los que haya que hacer reparaciones que deban ser abonadas por el arrendador, debe entenderse que tiene el derecho “ de examinar el estado de la reparación” sobre todo en aquellos casos de averías graves , que pueden llevar varios días de trabajo , tiene el derecho “ de examinar el estado de la reparación”, para comprobar que la factura que se ha emitido, corresponde al trabajo realizado, o que éste es satisfactorio.
En ningún caso , un pacto de este tipo da derecho a pasearse por la vivienda cuando el arrendador lo estime por conveniente . La inviolabilidad del domicilio es un derecho constitucional .