Vamos a redactar un contrato de arras para la compra-venta de un piso, entre particulares, y me han dicho que he de tener cuidado porque luego el notario pone en las escrituras lo que pone en este contrato. Es esto cierto? No sera para tanto no?
Otra cosa, el piso tiene un hipoteca que le quedan 10 millones, ya hemos acordado con el vendedor que ellos se hacen cargo de los gastos del levante de la hipoteca, como reflejo esto en el contrato? Porque claro, ellos dicen que en realidad esta libre de cargas porque van a quitar la hipoteca, pero lo van a hacer con fecha posterior a la firma del contrato de arras!!!
Una cosa mas, este contrato es privado no? quiero decir que no hay que pasarlo por catastro, o hacienda o por donde sea no?
Un contrato de arras no es mas que un contrato por el cual una persona se compromete a vender y otra a comprar. Es un contrato entre particulares y ustedes pueden poner todas las cláusulas y pactos que estimen oportunos.
De igual modo, entiendo que no es necesario elevarlo a escritura pública, porque como digo, es un contrato entre particulares.
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