Yo vendo un piso, y el 21 de ene/04 firmé un contrato de arras donde no pone en ninguna parte una fecha máxima de escrituración. Después de 2 semanas, y hablando con el posible comprador, me dice que su contrato de arras y el mío son distintos.
En el mío pone que en el caso de que el banco le deniegue la hipotec tengo q devolverle el dinero q m entregaron.
Hace una semana las fincas que dicen que la tasación está denegada pero que la hipoteca está aprobada. No entiendo nada. Tengo que devolverle el dinero? Hay un plazo máximo estipulado por ley aunque no ponga nada en el contr de arras???
La verdad que no entiendo como cada uno tiene un contrato diferente, con lo cual tendrá el juez que decidir cual de los dos es aplicable.
De todas formas, suponiendo que ponga en el contrato que si no le dan el préstamo tienes que devolverle el importe pagado, no tendrás más remedio que hacerlo así.
Respecto al tiempo máximo del contrato de arras, el Código Civil no dice nada, con lo cual se estará a la costumbre del lugar y a la propia lógica por que no se puede estar de por vida esperando como supongo te imaginas.
No obstante, te recomiendo te hagas con una fotocopia del otro contrato para comprobar que es tú firma.
Saludos.
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