Buenos días,
Como le han dicho, el estado de alarma es una situación excepcional y el hecho de no poder formalizar la compraventa es ajena a la voluntad de ambas partes.
Desde mi opinión profesional, lo mejor es pactar una extensión del contrato de arras si interesa formalizar la compra. https://www.picon-advocats.com/arras-y-coronavirus/
Otra cosa, es la gente que aprovechándose un poco de la situación, quiere echarse para atrás de la compraventa, entiendo que en estos casos, puede haber consecuencias en caso de incumplimiento.
El pasado mes de diciembre, firmé un contrato de arras, para la venta de mi casa, en el cual está establecido el plazo no superior al 30 de junio para la firma de la escritura de compraventa. Al iniciarse el estado de alarma, el comprador me pidió que prorrogase el plazo hasta el mes de septiembre, pues el banco al que ha pedido la hipoteca, ha parado según dice la aprobación de los préstamos. Si no firmamos ninguna prórroga y el comprador no puede firmar antes del 30 de junio¿ perdería la señal y el anticipo de las arras?
Estimado amigo
La presente situación puede servir de base para anular el compromiso que haya suscrito con respecto a la compra de la casa.
Debería examinarse sus actuales circunstancias y el contrato en sí.
Si lo desea, puede contactar conmigo a través de mi perfil en el foro.
Un saludo