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Contrato de arras confirmatorias

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Contrato de arras confirmatorias
20/02/2017 00:10
Estoy a punto de comprar una vivienda y he visto que lo que más me interesa es firmar este tipo de contrato con las siguientes cláusulas. ¿Podéis asesorarme en la elaboración de este contrato?

SEGUNDO.-Las partes acuerdan como precio total de la venta el de doscientos cuarenta mil euros (240.000 € ), del que deberá deducirse la cantidad hoy entregada en concepto de arras, y que se pagará de la siguiente forma:

a)En cuanto a un euro (1 €), se corresponden con la cantidad hoy entregada en concepto de arras.

b)Se retendrán los siguientes importes por los siguientes conceptos:

i.Once mil noventa y ocho euros (11.098€) para saldar la deuda existente con la comunidad de vecinos que se realizará posteriormente por el comprador.
ii.Dos mil ochocientos sesenta y cuatro euros (2.864€) para saldar la cuenta existente con el Ayuntamiento de Madrid en concepto de IBI.
iii.Doscientos mil euros (200.000€) para liquidar las deudas del vendedor asociadas a este inmueble con Cajas Rurales Reunidas SCC.

c)Y en cuanto a los restantes ventiseis mil treinta y ocho euros (26.038€), correspondientes al pago de la parte del precio que queda pendiente satisfechos al otorgamiento de la escritura pública de compraventa y entrega simultánea de llaves.

TERCERO.- En caso de que esta compraventa lleve consigo el pago del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y/o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, una vez agotada la vía del recurso, el comprador se compromete a pagar el cincuenta por ciento de dichos impuestos siempre que se presente una factura de la entidad pública por parte del vendedor.

CUARTO.-La compraventa se perfecciona en concepto de libre de cargas y gravámenes, ocupantes, arrendatarios o precaristas, y al corriente de pago de todo tipo de tributos y gastos de cualquier tipo y clase, salvo los que expresamente se indican en apartado b) del Pacto Segundo

QUINTO.-Todos los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento de la escritura pública mencionada en el apartado c) del Pacto Segundo serán de exclusiva cuenta y cargo de comprador, con exclusión de la cancelación de la hipoteca con Cajas Rurales Reunidas SCC en el registro de la propiedad que será a cargo del vendedor.

En prueba de aceptación y conformidad, y para que así conste, las partes suscriben el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.