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contrato de aparceria

2 Comentarios
 
Contrato de aparceria
08/10/2007 19:04
Hola,tengo unas fincas de olivar ,en aparceria desde hace 23 años .Los contratos desde el principio han sido totalmente privados ,contemplan las condiciones generales del contrato,detalles,obligaciones etc, ademas de las firmas de las dos partes.Mi pregunta es :¿ es obligatorio pasar por algun registro un contrato de aparceria? en tal caso podria alguien informarme de los impresos,documentos , pasos a seguir,donde debo presentar la documentacion ...etc .Si alguien puede informarme le estare muy agradecido
09/10/2007 17:11
No soy conocedor de los arrendamientos rústicos.

Pero puedo afirmar que su contrato, mantiene la vigencia en cuanto tal, con plenos efectos jurídicos, y le resulta de aplicación la L.A.R 83/1980.

En dicha ley se dio origen al Registro especial de arrendamientos rústicos. Registro público y voluntario, aunque en numerosos supuestos se exige por la Administración la inscripción, modificación, cancelación o prórroga de los contratos de arrendamientos rústicos en el Registro como requisito previo para la concesión de auxilios económicos, técnicos o para la obtención de cualquier otra medida de fomento de las explotaciones agrarias.

Dichos registros , se encuentran regulados por la Administración Autonómica. Por lo que es acosejable que solicite información en su Cómunidad Autónoma haciendo siempre referencia a la fecha de celebración del contrato.

Los arrendamientos rústicos en los últimos años han sido objeto de distintas leyes y normativas, en las que siempre hay que considerar la fecha del contrato para su aplicación.

Lamento no poder ser de más ayuda.

saludos.
08/08/2010 13:40
Hola
Muchas gracias por su ayuda,la verdad es que ese detalle de tener en cuenta la fecha del contrato puede serme de gran ayuda.
Un saludo