Si, puede usted denunciar la situación a la Concejalía de Disciplina Urbanística de su municipio, aunque ya veremos si hacen algo o no: las hay más implicadas, y hay otras que se desentienden de estos asuntos.
No puede consignar el alquiler en un Juzgado: no se lo van a admitir.
Lo que puede hacer, si lo del ayuntamiento no funciona, es reclamar al casero por vía judicial que repare los desperfectos: si no tiene medios para pagarse un abogado siempre puede pedir uno de oficio para interponer demanda. Póngase en contacto con el Colegio de Abogados que corresponda a su localidad.
Buenas tardes, tengo dudas, el casero sigue sin reparar la terraza, es decir no ha venido nadie a revisar que no haya peligro, el suelo está totalmente levantado y puede ser una tontería o algo serio. .estoy preocupado, ahora llega el frio y no puedo salir a levantar el toldo( la puerta no abre porque el suelo justo está levantado ahí) , tendedero se quedó fuera...me preocupa porque justo estas cosas han pasado desde que el vecino de arriba hizo obras y a lo bruto ..incluso por todo el suelo de la casa que es tarima noto como desnivelado por algunas zonas y antes no estaba así.. pienso que cuando hay vibraciones tan fuertes se puede dañar la estructura, o no o simplemente está así de los años...como ya os comenté de omento no em puedo mudar por circunstancias económicas y de salud....pero me preocupa vivir aqui...no me puedo permitir pagar yo un perito privado. .hay alguna forma que se pueda contactar con ayuntamiento o algún sitio para ver si ellos pueden mandar un inspector de viviendas?, puedo ir a un juzgado y pedir pagar el alquiler alli hasta que el casero solucione el problema?
Si el casero, una vez comunicada la necesidad de una obra que afecta a la habitabilidad de la vivienda, no la acomete, puede usted instar que un Juzgado le obligue o bien resolver el contrato.
Solamente una vez iniciada la obra, si esta se demora más de veinte días, puede usted pedir una rebaja de renta proporcional a la parte de vivienda de la que se vea privado por la obra.
Buenas tardes, tengo novedades, recibí una carta del casero indicando que se renueva el contrato (con el casero el padre fallecido) pero que el preferiría hacer uno con el para actualizar datos, el problema que hay es que hace 2 semanas de eso y aun no eh recibido el borrador, ya le dije que por mi ok si son mismas condiciones como ofrece en la carta, otro problema es que el suelo de la terraza se ha levantado es solo un trozo pero da la casualidad que es en la puerta de salida, y no puedo salir a la terraza al estar abombado no me deja abrir la puerta, fuera tengo el tendedero, el toldo se ha quedado bajado si hace aire se puede soltar...resulta que se lo eh comentado hace 2 semanas y no me ah contestado, que puedo hacer?, eso hay que revisarlo porque si esta dañada la estructura se puede desplomar o a lo mejor no es nada solo que se abomba del cambio de temperatura, eso le corresponde a el o al seguro del hogar, a parte el vecino de arriba hizo obras y lo mismo es secuelas de la vibración de los taladros...el caso es que no puedo usar la terraza y me preocupa que pase algo, cuando al obra del vecino me calaron el techo del baño con productos tóxicos y el casero no hizo nada y le avisé del problema, estoy pagando un alquiler y ahora sin terraza no es lo que esta en el contrato, si no lo arregla puedo pedir me descuente del alquiler esa parte de la casa??
Bueno, hoy ya es día 15, se supone que el contrato se ha renovado por la tacita reconducción, no he recibido ningún aviso del casero y ya han pasado los 15 días desde que caducó el contrato, entonces ya estoy seguro? al renovarse no me puede echar o si intentara echarme? con demanda....se puede hacer estando supuestamente renovado?
perdón que sea tan pesado, si me echara, cuanto tarda un desahucio...he visto hay uno express 4 meses? espero mi situación de salud mejore antes y me pueda mudar aquí ya no se vive tranquilo...la inseguridad está ahí...
Si, así es. Lo más probable es que el hijo no sepa nada ni atienda a nada y se le pase ese plazo, entre otras cosas porque es probable que no quiera echarle.
acabo de ver esto, no puedo pedirla : ***** Ojo, si el contrato fuera anterior al 6 de marzo de 2019 y ya se hubiera prorrogado el contrato una vez pasados los 4 primeros años, el derecho a esta prórroga de 6 meses no cabe si el propietario no quiere aceptarlo.
O dicho de otra manera, no procede esta prórroga de 6 meses cuando la prórroga que va a finalizar es cualquiera de las posteriores a los 4 primeros años.
He visto esto.....supongo aunque venció el 8 aún podría pedirlo si me echa, lo que em preocupa es que veo que la prorroga se pide al mismo casero y pone que es obligatorio que me la conceda, lo mismo me dice que no y ya se monta el lio....me has alegrado el día, no sabía que se podía hacer esto...... *****La prórroga podrá solicitarse para aquellos contratos de arrendamiento de vivienda que tengan su vencimiento previsto entre el 2 de Abril de 2020 (entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020) y el 31 de octubre de 2021.
Si su contrato vence antes del 31 de octubre de 2021 podrá acogerse a dicha prórroga extraordinaria.
Tres cuestiones sobre prórroga extraordinaria:
1ª.- Para que se pueda aplicar esta prórroga excepcional el inquilino la tiene que solicitar al arrendador.
2ª.- Una vez solicitada la prórroga, es obligatoria para el arrendador.
3ª.- Durante el tiempo que dure esta prórroga excepcional el arrendatario tiene que seguir pagando la misma renta.
¿ se puede pedir una prorroga de 6 meses por el covid?? y donde se solicita? pensaba que eso ya estaba caducado después del estado de alarma , o si me echa cabe la posibilidad de pedirla?
Es una pena que el consultante haya hecho la pregunta después del 8 de septiembre, porque creo que ya no va a poder pedir la prórroga forzosa de seis meses al amparo de los "decretos covid"; en mi interpretación, no cabe pedirla después de vencido el plazo contractual:
1.- Si, lo de los 15 días es cierto. En realidad usted no puede estar totalmente seguro este año.
2.- Lo de dilatar: esencialmente consiste en poner en cuestión la condicion de arrendador del hijo del arrendador inicial (ya fallecido). Eso llevará unos días y unos trámites que pueden darle un tiempo extra a usted. Si por ejemplo el hijo le demanda pues su abogado intentaría dilatar el procedimiento alegando que el hijo no ha demostrado su condición de heredero, o de que no es el único heredero y hay que contar con los demás, etcétera. Ese tipo de cosas.
He leído en algún sitio que hay que esperar 15 días después de la fecha de vencimiento del contrato para estar seguros de que entra en tácita reconducción es decir si vence el 7 de septiembre sería esperar hasta el 23 si en esos 15 días el propietario no dice nada ya estaría renovado por el año no?, y en cuanto a lo de dilatar el desahucio si me puede orientar un poco como podría hacer o porque lo puedo dilatar.....ahora por circunstancias me es imposible mudarme no puedo alquilar en otro sitio, pero es tremendo estar pagando y encima vivir con miedo como si fuera un okupa...
1- Si puede quedarse tranquilo.
2.- Lo dicho es válido aunque el contrato esté a nombre del padre. Incluso podría aprovecharse esa circunstancia y dilatar un posible desahucio en caso de que se decidiera a echarle.
entonces me puedo quedar tranquilo? si me envía una carta que me vaya en....30 días....por ejemplo, me puedo quedar, porque no me puede echar verdad?, y el contrato se puede renovar en tacita reconducción aunque sea un contrato de una persona ya fallecida? ...de todas formas, ha domiciliado su empresa en esta dirección supongo que de momento le interesa no creo lo quiera vender y me eche...